lunes, 24 de octubre de 2022

MINISTERIOS LAICALES

 


San Pablo en su primera carta a los corintios desarrolla un tema muy importante ya desde la primera comunidad cristiana: carismas y ministerios. Dice él: “Y hay diversidad de carismas, pero un mismo Espíritu, hay diversidad de ministerios, pero un mismo Señor; y hay diversidad de actuaciones, pero un mismo Dios que obra todo en todos. Pero a cada cual se le otorga la manifestación del Espíritu para el bien común (12, 4-7). 

Este texto bíblico fundamenta la misma acción de la Iglesia. Ella, Pueblo de Dios y Cuerpo de Cristo, se expresa con diversos servicios, diversos ministerios. No debemos olvidar que los ministerios son servicios; quienes ya prestamos algunos en la Iglesia no hemos sido merecedores de ellos. Para algunos ministerios nos hemos sentido llamados y para otros ministerios, la Comunidad es la que los ha elegido. Unos son los ministerios que se confieren mediante el sacramento del Orden. Otros, en cambio, no se otorgan mediante sacramento y, por tanto, la persona que los recibe no deja su condición laical. 

 Después del Concilio Vaticano II, el Papa Pablo VI hizo una revisión de lo que en aquel tiempo se llamaban “órdenes menores” (acolitado, exorcistado, lectorado y ostiariado). En la época del preconcilio, estos ministerios estaban destinados al servicio litúrgico y se consideraron como instituciones previas a la recepción de las órdenes sagradas, y por ello se les denominó como “órdenes menores”, distinguiéndolas del subdiaconado, diaconado, presbiterado y episcopado, reservadas para clérigos. Entre estas “órdenes menores” se encontraban el ostariado, el lectorado, el exorcistado y el acolitado. Hoy en día solo han perseverado los “ministerios” de acolitado y lectorado. 

El Papa Francisco el 10 de mayo de 2021, añadió un tercer ministerio laical: el de catequista (Motu proprio Antiquum ministerium). Así pues, son tres los ministerios laicales: acólito, lector y catequista, que pueden ser confiados a cualquier fiel (no solo varones desde que Francisco reformó el c. 230 del CIC el 10 de enero de 2021), que cumpla con la edad y las condiciones que establezca la conferencia episcopal. Para ello tienen que ser instituidos mediante un rito litúrgico. 

La Escuela Diocesana de Formación se plantea en su exposición procurar la formación para la creación de estos ministerios laicales. Lo cual no quiere decir que solo los catequistas instituidos pueden ser los únicos acompañantes del proceso de la Iniciación cristiana de los catecúmenos, o que únicamente los lectores instituidos son los únicos que pueden leer la Palabra de Dios en medio de la asamblea litúrgica, o que solo los acólitos instituidos pueden encargarse del servicio del altar. Esas funciones también pueden desempeñarlas cualquier otro laico sea de facto o mediante la asignación temporal del párroco. La existencia de los ministerios laicales solo indica que quien es instituido mediante el rito litúrgico lo hará de forma estable. Además, dicho ministerio no es para una comunidad en concreto, sino al servicio del Pueblo de Dios.

Además no olvidemos que existen otros servicios que ya se están realizando, por ejemplo: la limpieza, mantenimiento, coro, cáritas, monitores, ministros extraordinarios de la Comunión, pastoral de la salud, etc.

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